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¿Cuánto tiempo se deben conservar las facturas?

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  • Según la normativa mercantil: el Código de Comercio obliga a los empresarios a conservar los libros contables, la correspondencia, la documentación y justificantes de sus operaciones durante seis años.
  • Según la normativa fiscal: El plazo de prescripción de los impuestos es de cuatro años.
  • Según el criterio penal: cinco años.
  • Las facturas de inmovilizado deben conservarse durante los cuatro años siguientes a la finalización del ejercicio de la última amortización practicada.

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