Una persona física, jubilada, puede hacer facturas?

Una vez que la persona se jubila, no puede ejercer una actividad laboral porque perdería el derecho a percibir su pensión.

No obstante, pensamos que si tiene un local y lo tiene arrendando, recibe una renta, con lo cual, tiene que declarar el ingreso en el impuesto correspondiente y sí que puede hacer factura porque tiene que declarar que ha obtenido un ingreso.

Sería conveniente que lo hablara con un asesor fiscal, ya que en este caso, habría que tener presente la legislación vigente.

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